[Digitalización: Archivo de Historia Social. Chile, diciembre, 2010. Fuente: El Pensamiento de Luis Emilio Recabarren, Tomo I, págs. 253-304. Editorial Austral. Santiago de Chile, diciembre 1971]
Luis Emilio Recabarren
MI JURAMENTO
En la Cámara de Diputados el 5 de junio de 1906
(Imprenta New York, Santiago, 1910[1])
Para la formación de esta obrita, me valgo de documentos oficiales y de publicaciones hechas en aquella época por la prensa.
Así, pues, deseo que el público y mis correligionarios lean con espíritu crítico, sin prevención y con interés las páginas que siguen.
Luis Emilio Recabarren.
Todos están de acuerdo en que la mentira no debe ocupar el sitio de la verdad —aunque los hechos no marchen de acuerdo con los pensamientos— y es por esa razón que doy a la publicidad el presente librito. Es decir, para restablecer el imperio de la verdad, y en homenaje a la verdad misma.
Antes de alejarme al extranjero —para evitar en aquella época, la prisión que se me abría— hasta noviembre de 1906 sólo vi a mi alrededor una aureola de simpatías y de cariños, de admiración y de aliento. En el extranjero recibí noticias de que todo esto se había transformado. Volví a Chile, a fines de 1908, cumplí mi prisión y a fines de 1909 recorrí el país entre Valparaíso y Osorno.
En este viaje constaté el hecho que alrededor de mi nombre y de mis actos se había tejido una malla de mentiras que en pocos casos pude destruir.
Era creencia general —y lo es aún— que en 1906, al incorporarme a la Cámara de Diputados yo me negué a prestar el juramento reglamentario y que este hecho había sido la causa de mi expulsión del Congreso.
Esto es falso, pues, yo juré en cumplimiento y conforme a la ley. Ahora yo no quiero que esa falsedad se mantenga en lugar de la verdad; por dos razones: primero porque daña la doctrina de la democracia, porque se hace creer a las masas ignorantes que la democracia es antirreligiosa; segundo porque tengo un inmenso amor a la verdad, mejor diré un culto y no quiero que se explote y se especule con la mentira.
Se dirá que es tarde para esta obra, pero yo no lo creo así y no habiendo podido hacerlo antes, lo hago hoy con la intención de dejar las cosas en el sitio que corresponde.
I
MI JURAMENTO
Lo que sigue es copia del Boletín de Sesiones de la Cámara de Diputados, en que podrá verse el juramento y el debate que se suscitó al respecto, y la resolución de la Cámara.
JURAMENTO
El señor Orrego (Presidente).— Antes de conceder la palabra a otros señores Diputados, ruego a los señores Veas y Recabarren que pasen a prestar juramento.
Los señores Veas y Recabarren pasan a prestar juramento.
El señor Orrego (Presidente).— ¿Juráis por Dios y estos Santos Evangelios guardar la Constitución del Estado, desempeñar fiel y legalmente el cargo que os ha confiado la Nación; consultar en el ejercicio de vuestras funciones sus verdaderos intereses, y guardar sigilo acerca de lo que se tratare en sesiones secretas?
El Sr. Recabarren.— Sí juro, señor Presidente; pero dejando constancia de que en la sesión anterior se nos impidió manifestar nuestras ideas y se pretendió que rodáramos hasta aquí como simples máquinas a jurar sin explicación alguna...
El señor Puga Borne.— Esto es intolerable, señor Presidente. Yo me opongo a que continúe hablando el señor Recabarren...
El señor Orrego (Presidente).— Si así no lo hiciereis, que Dios, testigo de vuestras promesas, os lo demande.
(Nótese que la acción del juramento quedó satisfecha, pues, no hubo ninguna circunstancia que pudiera invalidarlo).
Los señores Veas y Recabarren vuelven a ocupar sus asientos.
El señor Veas.— Voy a decir sólo dos palabras respecto del juramento que se nos ha obligado a prestar al Diputado por Tocopilla, compañero Recabarren, y al que habla.
Nosotros estimábamos que no debíamos jurar en las condiciones exigidas, porque el juramento es una cuestión de conciencia que la Cámara no puede imponer a cada uno de sus miembros. Nosotros no creímos necesario jurar en nombre de creencias o mitos que no aceptamos.
Hemos prestado el juramento[2] porque el Reglamento nos lo impone y porque oímos en los pasillos que si no lo hacíamos se nos negaría nuestra incorporación a la Cámara; pero no porque pensemos que hay lógica entre nuestras ideas y la fórmula adoptada.
Esta manera de pensar que manifestamos está demostrando, por lo demás, la necesidad que hay de modificar el Reglamento en este punto.
Este caso puede repetirse y hay necesidad de preverlo.
Dejo constancia de mí manera de pensar a este respecto.
El señor Barros Errázuriz.— Lo que ha ocurrido en este momento es indigno de una Cámara, es indigno de todo país culto.
Lo que acabamos de presenciar no ocurriría ni en un país de salvajes, porque hasta los salvajes creen en Dios.
El juramento, señor Presidente, es, en primer lugar, un homenaje rendido a Dios y, en seguida, es la garantía de que cumpliremos lo que prometemos.
Los señores Veas y Recabarren han declarado que no creen en Dios ni en los Evangelios, que son la esencia y la base del juramento.
Luego los señores diputados no han jurado, y no tiene valor alguno el acto que se ha verificado.
Por consiguiente, hago indicación para que la Cámara declare que es nulo el juramento prestado por los señores Veas y Recabarren.
El señor Orrego (Presidente).— En el momento oportuno podrá formular su indicación el señor Barros.
El señor Barros Errázuriz.— Mi indicación ha sido formulada a propósito del juramento, de modo que prima sobre toda otra cosa.
(Se suscitó un incidente relativo a la conducta de la mesa, después del cuál quedan las cosas sin alterarse y en discusión la indicación de Barros Errázuriz).
Él señor Barros Errázuriz.— El honorable señor Veas, tomando el nombre del señor Recabarren y en el suyo propio, ha hecho una declaración complementaria del juramento de estos señores diputados que debe considerarse como parte integrante del juramento mismo, por cuanto es público y notorio que dichos señores diputados no habrían jurado si no se les hubiera permitido esa declaración complementaria.
Así lo han declarado ellos mismos.
Pues bien, en esa declaración se ha hecho desprecio absoluto de todo lo que constituye la fórmula del juramento.
Luego, ese juramento no es juramento.
Y esto todavía por dos razones.
El juramento es un homenaje de respeto a Dios; Y es propio de todos los pueblos cultos del mundo comenzar la labor de sus parlamentos jurando en el nombre de Dios la fiel observancia de sus deberes por parte de los legisladores.
El juramento, dice el diccionario, es la invocación del nombre de Dios; en consecuencia, quien no cree en Dios no puede jurar. Entonces, la idea del juramento es incompatible con la idea del desprecio a Dios y de las fórmulas del juramento mismo.
Por lo tanto, no puede jurar la persona que desprecia las fórmulas en nombre de las cuales jura.
Hay además esta otra razón:
La idea del juramento establecida en nuestro Reglamento lleva envuelta en sí la garantía de que los diputados habrán de observar la Constitución y las leyes y guardar sigilo acerca de lo que se debate en sesiones secretas.
¿Y cómo habrán de respetar la Constitución y las leyes y guardar sigilo de lo que se dijere en sesiones secretas, aquellos diputados que comienzan por declarar que les merece absoluto desprecio aquél a quién se pone por testigo de su juramento?
Me parece que la unanimidad de la Cámara habrá de rechazar semejante juramento. Sin idea de Dios no existe juramento.
Hay que jurar en nombre de Dios para que el juramento sea válido; de otra manera es inaceptable; no lo aceptan la Constitución ni las leyes y nuestro Código Penal castiga el perjurio en algunas de sus disposiciones.
Quién no jura en forma debida, no jura.
Por estas consideraciones insisto en mi indicación.
El señor Encina.— Los honorables diputados por Valparaíso y Antofagasta han prestado el juramento que la Constitución del Estado y el Reglamento les exigen; y después de realizado este acto y de pronunciadas por el Presidente las palabras de estilo, han añadido algo que, más que protesta, califico yo de deseo de reforma contra el orden de cosas existentes. Han expresado sus señorías el deseo de que se reemplace la actual fórmula de juramento por otra más adecuada a una Cámara a la cual tienen derecho a ingresar hombres de las más opuestas confesiones y aún aquellos que no profesan confesión religiosa alguna.
El juramento ya prestado es inamovible, y la indicación del honorable diputado no surtirá otro efecto que provocar discusiones que por el prestigio de la Cámara debiéramos evitar.
No es la primera vez que dentro de esta Cámara se suscita el extraño debate en que estamos envueltos, y ninguno de los honorables diputados ignora la exaltación con que han chocado las ideas religiosas en esas ocasiones.
No diviso ventaja alguna en continuar un debate que no dará resultado práctico y que encierra el peligro de degenerar en escenas de violencias análogas a las que hemos presenciado hace sólo días.
Yo apelo a la cordura y a la prudencia del honorable diputado por Bulnes para que no insista en una discusión meramente doctrinaria, llamada a perturbar la seriedad y corrección de los debates, sin resultados positivos para la situación política de las corrientes en que estamos divididos.
El señor Barros Errázuriz.— Yo no entro al fuero interno de los señores Veas y Recabarren; no entro en la conciencia de nadie; soy en esta materia de un criterio muy amplio.
Lo que sostengo es que no hay derecho para hacer la declaración que han hecho los señores Veas y Recabarren sobre el juramento mismo, desnaturalizándolo y anulándolo completamente.
El señor Izquierdo (don Francisco).— El fuero interno lo han venido a hacer externo los señores diputados.
El señor Veas.— El honorable diputado señor Barros ha encontrado algo de indecoroso en nuestro procedimiento. Acaso provenga esta apreciación, señor Presidente, del amor que su señoría profesa a su religión que ha visto zaherida con nuestra actitud.
Pero, en realidad, nada de incorrecto hay en nuestro procedimiento.
Venimos en nombre de la bandera que simboliza el progreso y la libertad de nuestro país. Pero no aceptamos que se nos someta a las prescripciones de un Reglamento anticuado, obligándonos a jurar sobre puntos aun no esclarecidos.
El señor Pereira.— El Reglamento es del año pasado; no puede ser más nuevo.
El señor Izquierdo (don Francisco).— Es muy antiguo esto de creer en Dios.
El señor Veas.— Sin embargo, señor Presidente, nos hemos sometido a la fórmula del juramento, porque se nos dijo que sin él se nos prohibiría usar de la palabra y nosotros queremos servir aquí conforme a los dictados de nuestra conciencia los intereses de nuestros semejantes y los del país.
El señor Recabarren.— Yo también me he sometido a la fórmula Reglamentaria, pero tengo derecho para manifestar mi opinión al respecto.
El señor Izquierdo (don Francisco).— Es decir que sus señorías han hecho una simple farsa.
El señor Veas.— Mediante nuestros propios esfuerzos, tenemos algunos conocimientos y si no hemos adquirido más ilustración y más cultura ha sido por culpa de los hombres que han gobernado este país.
Si nosotros hemos venido ahora a esta Cámara ha sido para trabajar por la cultura del pueblo.
Por esto, yo rechazo el cargo de falta de cultura que nos hacen los mismos culpables de que el pueblo carezca de ella.
El señor Izquierdo (don Francisco).— La primera de las culturas es creer en Dios. De esa no carecen ni los salvajes...!
El señor Barros Errázuriz.— Los señores Veas y Recabarren no representan aquí al Partido Demócrata!
El señor Veas.— ¿Es su señoría el que lo representa?
El señor Barros Errázuriz.— Sí, señor diputado, nosotros sí que representamos al pueblo.
El señor Veas.— Al Arzobispo, querrá decir su señoría.
El señor Barros Errázuriz.— También le representamos.
El señor Rivera (don Guillermo).— Creo, señor Presidente, que ya es tiempo de dar por terminado este incidente.
El señor Recabarren.— Pido la palabra. Yo no quiero quedar bajo el peso de las expresiones vertidas por el señor Barros Errázuriz.
El señor Orrego (Presidente).— A fin de mantener la tranquilidad y la armonía entre los honorables diputados, lo mejor sería dar por terminado este incidente.
El señor Subercaseaux Pérez.— Permítaseme decir dos palabras solamente respecto de la indicación formulada por el honorable señor Barros Errázuriz.
Si la indicación de su señoría fuera sólo inspirada por el sano propósito de hacer una profesión de fe, de protestar, de expresiones que todos los católicos rechazamos, yo la apoyaría con todo entusiasmo, pues soy tan creyente como el señor Barros, pero si tras ella se oculta un propósito distinto, si se quiere con ella hacer una arma política para alterar la composición de la Cámara anulando el juramento de los señores Veas y Recabarren a fin de que queden fuera de la Cámara, yo no la patrocinaré de ninguna manera.
El señor Barros Errázuriz.— Mi indicación no ha sido inspirada por ningún propósito oculto.
Yo he planteado aquí una cuestión de derecho; si es válido o no el juramento que acaban de prestar los señores Recabarren y Veas.
El juramento prestado por un hombre que dice que no cree en Dios es nulo, no es tal juramento.
El señor Recabarren.— Deploro vivamente el incidente que se ha producido, no por culpa nuestra, sino por cierta tensión nerviosa de parte de algunos señores diputados al escuchar nuestra palabra.
Si en ocasión pasada, antes de prestar juramento, se nos hubiera escuchado, no se habría producido este molesto debate.
En los corrillos de la Cámara nos insinuaban ayer algunos diputados que no se nos permitiría usar de la palabra si no prestábamos antes juramento.
Yo siento tener que formular mi protesta por esta deplorable falta de deferencia en que se ha incurrido, respecto de dos diputados que representan a la clase obrera.
Ya que nuestras instituciones políticas consagran la libertad de cultos, cada uno de los miembros de esta Cámara tiene también la más absoluta libertad de conciencia.
Yo, respetuoso de las creencias ajenas, he presenciado el juramento que en conjunto prestaron los señores diputados; pero al mismo tiempo declaro que, en mi conciencia, no existe Dios, ni existen los Evangelios; nacido en el taller, no alcancé a estudiar esta materia. De manera, entonces, que ningún señor diputado podrá achacarme como falta mi ignorancia respecto de Dios.
Así, pues, si se me exige que venga a invocar el nombre de Dios para prestar el juramento que ordena el Reglamento de la Honorable Cámara, se me obliga a mentir, a engañar a la Cámara, a engañarme a mí mismo y a engañar a mis electores, cuyas opiniones y tendencias creo representar.
Debo, además, hacer presente otra consideración.
No me parece que sea necesario jurar para proceder en conformidad a la Constitución y a las leyes.
Yo he venido a este recinto en virtud de la voluntad popular y no tengo para qué invocar el nombre de una divinidad en la cual no creo, para qué esa divinidad sea testigo de mis promesas.
¿Y acaso no hemos visto en diversas ocasiones que algunos señores diputados han faltado a ese juramento?
Ahora, si la Cámara nos hubiera oído, antes de prestar nuestro juramento, se habría evitado este bochornoso incidente.
No hemos venido a presentarnos en este recinto para luchar torpemente sino para cumplir un mandato emanado de la voluntad y la majestad del pueblo, a fin de hacer presente aquí sus necesidades.
Lejos de venir a ahondar las rivalidades entre las clases sociales, trataremos de tender el puente que nos salve del desbarajuste social que pudiera sobrevenir.
Esta es la misión que venimos a desempeñar los que hemos sido sindicados de anarquistas, y esta misión la cumpliremos. Y respecto al secreto que debemos guardar de lo que se trate en sesiones secretas, basta con nuestra promesa de mantener ese secreto.
Yo he negado y niego la existencia de Dios en el concepto vulgar de la expresión.
(Constátese claramente que yo no he combatido ni criticado los principios ni las ideas de los demás y que sólo me he limitado a decir lo que siento. Esta sincera expresión de la verdad debe, por cierto, ser respetada por todos).
El señor Barros Errázuriz.— ¿De manera que su señoría no ha jurado?
El señor Recabarren.— He prestado el juramento impuesto por el Reglamento de la Cámara; pero si no creo en Dios ni en los Evangelios o si no me doy cuenta exacta del valor de estos atributos, ¿cómo voy a decir sin protesta, juro por Dios y los Evangelios?
¿Es posible que los señores diputados conservadores me arrastren a mentir?
Yo he venido a luchar, a sostener las ideas de mis electores y para ello cuento con los requisitos que exige la Constitución para ser miembro de esta Cámara, a saber: ciudadanía chilena y renta de quinientos pesos anuales a lo menos.
Mis electores no me dijeron que jurase; y si por sobre la Constitución, el Reglamento de la Cámara impone obligaciones que no tienen ni pueden tener sanción, es evidente que esas obligaciones carecen de fuerza.
¿Qué medio coercitivo tendría el señor Presidente para obligar a jurar a un diputado que no quisiese hacerlo? ¿Qué artículo de la Constitución sanciona la falta de ese juramento?
El señor Barros Errázuriz.— El artículo 154.
El señor Recabarren.— No hay disposición alguna en la Constitución que establezca alguna sanción para este caso; de tal manera que habría estado en mi derecho negándome a jurar y el señor Presidente habría tenido que admitir mi presencia en este recinto y mi voto en las cuestiones sometidas a la resolución de la Cámara.
El señor Barros Errázuriz.— En ese caso debían haberse [o]puesto sus señorías.
El señor Recabarren.— Por deferencia no hemos querido provocar esa situación. No hemos querido provocar la lucha religiosa, porque hemos venido aquí a trabajar por el bien del pueblo.
Pero, señor, se nos ha llamado incultos precisamente por los mismos que nos han detenido en el ejercicio de un derecho perfecto, por los que nos negaban el derecho a la palabra que nosotros necesitábamos para dar una breve explicación que habría evitado este incidente tan enojoso.
Yo creo, sin embargo, señor Presidente, que la verdadera cultura impone el deber de ser deferente para con todas las personas y para con todas las opiniones; de manera que bien podría decirse que la falta de cultura estaba de parte de los que no han querido ser deferentes con nosotros.
En este recinto todos somos iguales, todos tenemos los mismos derechos y los mismo deberes: tendremos de nuestro lado la inferioridad del talento, tendrán sus señorías la superioridad intelectual; pero nosotros hemos venido a la Cámara como a la más grande escuela de la libertad y del progreso, y esperamos recibir en ella las enseñanzas que nos hacen falta; y si las palabras de los honorables diputados conservadores llevan a nuestras conciencias el convencimiento, junto a ellos nos verán porque no nos negaremos a la razón y a la lógica.
Termino, señor Presidente, manifestando que hemos venido aquí firmemente resueltos a trabajar con tesón y energía por salvar las dificultades con que tropezamos los obreros en la hora presente, por suavizar las ásperas luchas que libran por su bienestar, por salvar el porvenir de la patria, y en este camino todos los señores diputados nos encontrarán firmes, sinceros y resueltos.
El señor Concha (don Juan Enrique).— Después de las explicaciones dadas por los señores Veas y Recabarren, me parece conveniente modificar la indicación formulada por mi honorable amigo el señor Barros Errázuriz en la siguiente forma.
"La Cámara protesta de la explicación del juramento de los honorables diputados señores Recabarren y Veas".
El señor Barros Errázuriz.— Pero si no ha habido tal juramento.
Yo pido que se vote mi indicación.
El señor Arellano.— Sí, señor diputado; el juramento está ya prestado.
El señor Muñoz.— Esta es, honorable Presidente, una cuestión que presenta muchas aristas y creo que hay notoria conveniencia en evitarla.
La indicación del honorable señor Barros Errázuriz nos lleva mucho más allá de donde podemos ir.
Los honorables señores Veas y Recabarren prestaron el juramento de estilo para incorporarse a la Cámara, y el señor Presidente les recibió ese juramento en conformidad a la fórmula reglamentaria.
Después de esto los señores diputados han creído de su deber hacer la protesta que les imponían sus convicciones. Esta es una cuestión personal de conciencia en la cual nadie debe ni puede intervenir.
En esta situación ¿qué protesta cabe?; ¿qué indicación puede ir a anular un juramento prestado en las condiciones que el Reglamento establece?
Pueden los señores conservadores tener mucha fe, que yo respeto, mucho amor a sus doctrinas religiosas, que yo respeto también, pero de esto a que pretendan sus señorías imponer su fe y sus creencias a los que tienen un criterio distinto hay mucha distancia. El criterio que cada cual se ha formado en materia religiosa depende de la educación que se ha recibido, de la escuela que se sigue, de los ejemplos que se quiere imitar; el hombre se forma convicciones porque piensa y no se puede poner trabas a la libertad del pensamiento, de modo que así como los señores conservadores tienen convicciones, que debemos respetar, también las tienen los señores diputados demócratas que se acogen a las ideas del progreso y las adoptan como guía en el camino de la vida. Estimo que la cuestión se debe dejar a un lado, que no es posible venir a dividir a la Cámara en las dos corrientes que naturalmente se han de producir: la de los que creen las doctrinas religiosas como ellos mismos dicen con la fe del carbonero y la de los que forman su fe en los dictados de la ciencia.
¿Con qué objeto entraríamos a semejante terreno? No podemos poner en duda que los señores diputados demócratas han prestado el juramento, puesto que lo han hecho en conformidad al Reglamento, han cumplido con la fórmula por éste prescrita, y se han limitado en seguida a consignar su protesta contra un procedimiento que estiman contrario a los dictados de su conciencia.
El empeño del honorable diputado por Bulnes para que la Cámara haga una declaración respecto de esta cuestión, está demostrando que su señoría tiene poca confianza en sus doctrinas y que desea verlas confirmadas por esa declaración.
Por tanto, ruego al señor Barros Errázuriz que, colocándose en un terreno de verdadera conveniencia para sus propias creencias, y dejando a cada cual la libertad de expresar las suyas, se digne retirar su indicación. La protesta formulada por los señores diputados demócratas no afectan en nada a su deber de prestar el juramento que ya han prestado; es una simple cuestión del fuero interno de ellos en la cual los demás no podemos ni debemos entrar. Tratar de obtener sobre esta materia una declaración de la Cámara equivale a engolfarnos en una discusión inútil y contraproducente. Apelo, pues, a la cordura del honorable señor Barros Errázuriz para rogarle que retire su indicación, y ruego a la Cámara su aprobación a esta otra que yo formulo; la Cámara pasa a la orden del día.
El señor Barros Errázuriz.— Yo no pretendo imponer mis ideas a nadie. Respeto las creencias de todos mis honorables colegas, incluso las que tienen los señores Diputados demócratas; pero quiero que se respete el Reglamento, que ha sido desconocido por la declaración de no creer en Dios.
El Reglamento consigna la fórmula del juramento, invocando el nombre de Dios, como se hace en todos los países, sea cual fuere su religión, aun cuando no sea la católica.
Y téngase presente que el Reglamento de la Cámara fue hecho en una época en que no dominaban los conservadores, de modo que la fórmula del juramento, que no ha sido modificada en la reforma última, no es obra de conservadores.
Si el Reglamento impone que se jure por Dios, quiere decir que el honorable diputado que a raíz de la prestación del juramento en que ha invocado a Dios, declara que desprecia a Dios, no ha prestado verdadero juramento.
Por el honor, por la dignidad de la Cámara, no puedo retirar mi indicación. No puede decir en esta Cámara un diputado, como no puede decirlo un hombre culto en ninguna parte, que Dios no existe. Dios está en la conciencia de todos los hombres.
El señor Recabarren.— En la mía no está, señor diputado.
El señor Muñoz.— Deseo rectificar un concepto que parece haber querido expresar al honorable diputado señor Barros. Su señoría no concibe la idea del juramento sin que él importe la invocación del nombre de Dios.
El señor Barros Errázuriz.— Lea su señoría el Diccionario de la Lengua y en él verá qué significa la palabra juramento.
El señor Muñoz.— Nuestra ley de procedimiento se ha puesto en el caso de las personas que no tengan la creencia en Dios y ha establecido para ellas fórmulas especiales de juramento, que no contienen el nombre de Dios y que, sin embargo, son juramentos.
Ya ve el honorable diputado que el criterio de nuestras leyes de procedimiento es más amplio que el de su señoría.
El señor Urzúa.— Pero el de la Constitución, que es el que aquí debemos aplicar, es más estrecho.
El señor Muñoz.— Repito que se trata de un debate completamente estéril, que a nada conduce. El honorable señor Barros Errázuriz debe respetar las creencias de los señores diputados demócratas, tanto como tiene derecho a exigir que los demás respetemos las de su señoría.
El señor Corbalán.— ¡A qué vienen sus señorías a traer a la Cámara cuestiones teológicas, que están pasadas de moda!
El señor Urzúa.— Nosotros no las hemos provocado.
El señor Corbalán.— ¿Y quién la ha provocado entonces, si no es el señor Barros Errázuriz con la presentación de su proyecto de acuerdo?
El señor Orrego (Presidente).— He aceptado la discusión de esta cuestión únicamente como una deferencia para con el honorable diputado que la planteó, pero llegado el momento de votar, no me consideraría autorizado para poner en votación el proyecto de acuerdo del señor Barros Errázuriz sino en el caso de que la Cámara, a la cual consultaría sobre el particular, decidiera por unanimidad o por mayoría que debo poner en votación ese proyecto de acuerdo.
El señor Barros Errázuriz ha reclamado esta resolución de la Mesa, y la reclamación está en discusión.
El señor Huneeus (don Jorge).— Voy a proponer un temperamento conciliatorio.
La cuestión en debate es una cuestión de interpretación del Reglamento, pues si así no fuera, no veo qué alcance podría tener una declaración de que no es diputado incorporado el diputado que después de prestar el juramento ha protestado de la forma en que él está concebido.
El señor Barros Errázuriz.— ¿Qué alcance puede tener? Este: que el juramento prestado en esas condiciones es nulo y que el diputado que lo ha prestado no queda incorporado a la Cámara. Esto es lo que debe resolver la Cámara.
El señor Huneeus (don Jorge).— El temperamento conciliatorio que yo propongo es que se envíen a Comisión las indicaciones formuladas y especialmente la de los señores Barros Errázuriz y Concha.
Cualquier debate respecto de esta materia nos tomaría en este momento completamente de nuevo, y una resolución tomada en esta forma podría importar una peligrosa innovación en nuestras prácticas parlamentarias.
La materia es de lato conocimiento, tal como la ha planteado el señor Barros Errázuriz, sin perjuicio de que yo crea que no cabe vacilación para considerar que habiendo prestado el juramento los señores diputados demócratas en la forma prescrita por el Reglamento, ellos están definitivamente incorporados a la Cámara.
Sólo el respeto a las opiniones contrarias nos hace considerar que se debe estudiar con detenimiento la cuestión planteada por el honorable señor Barros Errázuriz y por eso únicamente pido que pasen a Comisión las indicaciones formuladas.
El señor Barros Errázuriz.— Yo acepto que las indicaciones pasen a comisión siempre que, mientras la comisión no dé su informe, los señores Veas y Recabarren no formen parte de la Cámara.
El señor Subercaseaux Pérez.— Esto quiere decir que el señor diputado no ha planteado entonces una cuestión de conciencia sino una colegialada política.
El señor Corbalán.— ¿De modo que, según el señor Barros Errázuriz, si un diputado hace declaraciones contrarias a las creencias de Su Señoría debe ser expulsado de la Cámara?
El señor Barros Errázuriz.— Siempre que haga declaraciones como las que han hecho los señores Recabarren y Veas, sí, señor.
El señor Corbalán.— Yo estoy dispuesto a hacerlas cuando se me ocurra, y esté de buen humor porque aquí todos tenemos la libertad de pensar. Según la teoría de Su Señoría, una Cámara de libres pensadores podría expulsar a Su Señoría.
El señor Barros Errázuriz.— No formaría yo parte de ella.
El señor Corbalán.— Si se tiene convicciones, Su Señoría se encontraría en el deber de ir a esa Cámara a defenderlas.
El señor Orrego (Presidente).— Como la cuestión parece estar ya suficientemente debatida, lo más conveniente es proceder a la votación.
Pondré en votación en primer lugar, por ser la proposición más comprensiva, la indicación hecha por el honorable señor Muñoz para pasar a la orden del día.
El señor Pinto Agüero.— Antes de entrar a la votación quiero decir unas pocas palabras.
Según la Constitución, artículo 76, el ciudadano que sea elegido Presidente de la República debe prestar, al tomar posesión del mando, el juramento siguiente: "Juro por Dios, Nuestro Señor", etc.
La Constitución ha impuesto al ciudadano electo Presidente de la República, la obligación de prestar juramento y ha determinado la forma del juramento. Me imagino, señor Presidente, la sorpresa que causaría en todo el país, el hecho de que el ciudadano electo Presidente, después de prestar su juramento, pronunciara un discurso haciendo distingos respecto del juramento prestado, declarando que no creía en Dios ni en los Evangelios y que hacía reservas respecto del juramento que acababa de prestar.
Entrego al criterio de mis honorables colegas la apreciación de un caso semejante, y concretándome al caso actual, paso a la cuestión reglamentaria que en él va envuelta.
En materia de juramento parlamentario, hay para nosotros una ley: el Reglamento de la Cámara, que todos debemos respetar, pues si no lo observamos, no se concibe la existencia misma de la Cámara.
El Sr. Corbalán.— Cien veces he visto violar el Reglamento, y la Cámara no se ha venido abajo.
El Sr. Pinto Agüero.— Cada año se cometen en el país cuatrocientos o quinientos homicidios, violando la ley divina y humana que prohibe matar, y esa no es una razón para no amparar el mantenimiento de la ley.
Este Reglamento que todos aceptamos para incorporarnos a la Sala, es el que tenemos obligación de cumplir: sin este Reglamento la Cámara no existiría.
Ahora bien, si este Reglamento nos impone la obligación de jurar, y hay dos colegas que dicen que no aceptan ese juramento, ¿por qué, pregunto yo, habrían de colocarse Sus Señorías en situación diversa de los demás Sres. diputados?
El Sr. Corbalán.— Porque tienen perfecto derecho para decir lo que han dicho y mucho más. El Sr. Orrego (Presidente).— Si no hay inconveniente por parte de la Cámara, se procederá a votar las indicaciones.
(Se leyeron las indicaciones formuladas).
El Sr. Orrego (Presidente).— Pongo en votación la indicación del honorable diputado por La Serena, Sr. Muñoz, para pasar a la orden del día.
VOTARON POR LA AFIRMATIVA LOS SRES.:
Arellano, Bambach, Baquedano, Besa, Concha Juan E., Corbalán, Cruz Díaz, Dávila, Díaz, Echaurren, Echavarría, Echenique Gonzalo, Échenique Joaquín, Edwards, Encina, Errázuriz, Espinosa Jara, Freire, García Huidobro, Gómez García, González Julio, Guerra, Huneeus Jorge, Izquierdo Luis, Lamas, Leiva, Lorca M., Lyon, Matte, Muñoz, Orrego, Palacios, Rivas, Rivera Guillermo, Rivera Juan de Dios, Rodríguez Aníbal, Rodríguez E. A., Rosselot, Suárez Mujica, Subercaseaux Pérez, Urrutia, Valdivieso Blanco, Vial y Zañartu Carlos.
VOTARON POR LA NEGATIVA LOS SEÑORES:
Alemany, Alessandri, Astorquiza, Barros, Campillo, Claro, Concha Malaquías, Correa Bravo, Correa Francisco J., Cox Méndez, Eyzaguirre, Fernández, Flores, Gutiérrez, Huneeus Alejandro, Irarrázaval, Izquierdo Vargas, León Silva, Letelier, Líbano, Lorca Prieto, Montenegro, Pereira, Pinto Agüero, Ríos Ruiz, Ruiz Valledor, Sanfuentes, Subercaseaux del R., Urzúa, Zañartu Enrique y Zañartu Héctor.
SE ABSTUVIERON DE VOTAR LOS SEÑORES:
Concha Francisco J., Ossa, Puga Borne, Recabarren, Salas Lavaqui, Sánchez, Veas, Viel y Villegas.
Durante la votación:
El Sr. Concha (don Francisco Javier).— Yo creo que los honorables diputados demócratas han cumplido el Reglamento aceptando la forma en él establecida. Ellos tienen otra manera de pensar, y en esto están en su derecho.
Yo habría deseado, por lo demás, que esta cuestión hubiera pasado a Comisión. Me abstengo de votar.
El Sr. Concha (don Malaquías).— Yo voto que no, porque me reservo para votar la otra proposición del Sr. Huneeus.
El Sr. Díaz Besoaín.— Protestando de los fundamentos expuestos por los honorables diputados por Valparaíso y por Tocopilla, digo que sí porque ellos han prestado juramento conforme al Reglamento.
El Sr. Leiva.— Creyendo que los Sres. Veas y Recabarren han cumplido el Reglamento, voto que sí.
El Sr. Puga Borne.— Me abstengo, porque creo que no podemos votar cosa alguna fuera de lo que establece el artículo 4º del Reglamento.
El Sr. Ruiz Valledor.— Digo que no, porque el juramento con excepción no es juramento conforme lo establece el Reglamento.
El Sr. Subercaseaux Pérez.— Por las mismas razones dadas por el honorable diputado por Santa Cruz, Sr. Díaz Besoaín, digo que sí.
El Sr. Veas.— Me abstengo de votar.
La votación, como se ve, dio por aprobado nuestro juramento por 44 votos, contra 32 y 9 abstenciones. Con esto queda claramente demostrado que cumplimos con la ley y así lo estimó la Cámara respecto al juramento. Las causas que motivaron mi expulsión de la Cámara se verán más adelante.
Si alguien dudara de la veracidad de lo copiado anteriormente, puede consultar el Boletín de Sesiones de la Cámara de Diputados del 5 de junio de 1906 para convencerse de la verdad.
II
POR QUE FUI EXPULSADO DE LA CAMARA DE DIPUTADOS
Lo que va a continuación ha sido, en resumen, la parte más interesante del debate que se desarrolló en la Cámara de Diputados con motivo de la calificación de la elección de Antofagasta.
Es útil conocerla para que se vea, el espíritu de sectarismo que animó entonces a la Cámara.
Sesión del 19 de octubre de 1906
ELECCION DE ANTOFAGASTA
Entrando a la orden del día se puso en discusión la elección complementaria de Antofagasta.
El secretario dio lectura a los antecedentes que obraban en poder de la mesa, declarando que aún no había evacuado su informe la comisión de elecciones.
El diputado Recabarren pidió que se diera lectura al artículo 108 de la ley de elecciones, que dice:
"Las reclamaciones de nulidad no impiden que los individuos electos entren desde luego en el ejercicio de sus funciones, en las cuales permanecerán hasta que la nulidad se declare por la autoridad competente".
Siguió en el uso de la palabra el diputado Recabarren, sosteniendo que en conformidad a dicha disposición legal, debía la Cámara considerarlo como diputado electo y fallar, con los antecedentes a la vista, las reclamaciones de nulidad aducidas por su contendor Espejo por intermedio de su tutor, ciudadano Rocuant.
Analizó concienzudamente el memorial presentado por Espejo, desvirtuando uno por uno sus cargos antojadizos.
Acumula el ciudadano Espejo —agregó Recabarren— un sinnúmero de vicios atribuidos al proceder de los demócratas, procurando hacer creer que el gran número de votos que obtuvo se deben a la suplantación de electores. Todo esto es ridículo, es malévolo, encaminado sólo a formar un concepto odioso para los demócratas de Tocopilla. Todo aquello que afirma que Recabarren llevó desde Santiago y Antofagasta gente dispuesta a la suplantación, es una grosera calumnia, digna sí del caballero radical, que hoy pretende usurpar de nuevo ese asiento, para darle más honra, más brillo al partido a que pertenece.
Los demócratas no sabemos aún aplicar los vicios electorales de que no hemos sido autores.
Ha llegado hasta afirmar que se han llevado de Santiago suplantadores profesionales, lo cual es una inexactitud.
Espejo.— Sin embargo, acaban de salir cuatro en libertad.
Recabarren.— Esa misma declaración del Sr. Espejo está probando que el delito no se habrá cometido.
Sigue en su discurso, y expresa que la alteración de 10 votos en dos mesas que hace notar, es obra de los radicales de Tocopilla. Precisamente los presidentes de esas dos mesas eran radicales y ellos quizás hicieron esa alteración con el fin premeditado de producir esta reclamación.
El ciudadano Espejo nada dice de Caracoles, donde en una mesa que en marzo le dio 20 votos, hoy trae con toda naturalidad 272 votos. Fíjese la Cámara —agrega— ayer 20, hoy 272 votos, mientras en diez mesas de Tocopilla saca 324 votos. Esa mesa se anuló por viciosa en marzo y en junio también y hoy ¿que hará la Cámara? Debe también anularla.
Termina expresando que para continuar su defensa necesita tener a la vista las actas de las elecciones de marzo, a fin de tomar como base ese escrutinio, que ha sido erróneamente interpretado por el diputado Rocuant, tutor del ciudadano Espejo.
Puga Borne (presidente accidental).— Entiendo que debe el diputado Recabarren completar las dos horas que determina el reglamento para su defensa.
Sin embargo, si la Cámara no tuviera inconvenientes podría aplazarse la discusión de este negocio hasta que llegaran los antecedentes solicitados por el señor Recabarren.
Rocuant.— Yo me opongo.
Puga Borne (presidente).— Habiendo oposición, debe concluir su defensa el señor Recabarren.
Veas.— Estimo que esta sesión se ha celebrado con el exclusivo objeto de discutir la elección complementaria de Antofagasta y como no están en la Cámara los antecedentes y hay necesidad de pedir datos comprobatorios a Tocopilla y Caracoles, y además este asunto está aún en estudio en la comisión de elecciones, formula indicación para que este negocio vuelva a comisión a fin de que ésta pueda informar oportunamente.
—Después de un corto debate, se puso en votación la indicación Veas, aceptada por Recabarren para cumplir con el reglamento. Fue desechada por 18 votos con 14 a favor; 5 diputados se abstuvieron de votar.
Puga Borne (presidente).— En vista del resultado de la votación, puede continuar usando de la palabra el señor Recabarren o renunciar a ella, en conformidad al reglamento; en este último caso, cedería la palabra al señor Espejo o a su defensor.
Recabarren.— Prosigue analizando el memorial de Espejo, refutando todas sus inexactitudes con incontrastable acopio de razones y datos que comprobaban su aserto.
Refiriéndose al médico Luis Vergara Flores, expresa que es una ofensa para la Cámara traer siquiera a su seno el nombre de un individuo que ha perdido su decoro y ha sido arrojado de la sociedad...
Espejo.— ¡Y habla de decoro el que ha salido de la cárcel para venir a sentarse en estos bancos!
Recabarren.— Esa prisión que yo sufrí en Tocopilla, es la más hermosa aureola que corona mi frente, y que puedo ostentar con orgullo ante mis conciudadanos.
Yo no he llegado a la cárcel a purgar ningún delito cometido. Llegué a ella porque allá hubo un juez radical que calificó delito el ejercicio de un derecho y declaró delincuentes a los hombres honrados que se atrevían a luchar por ideales de reivindicación social y de emancipación de las clases trabajadoras.
No es una afrenta para nadie levantar públicamente la bandera de la moral, para protestar de las injusticias y defender los derechos de los hermanos del trabajo. (Aplausos en las Galerías).
Continúa en sus observaciones hasta el final de la sesión, quedando con el uso de la palabra por haber llegado la hora.
Sesión del 25 de octubre de 1906
—A petición de Recabarren se dio lectura a las diversas actas de la elección, terminada la cual, a solicitud del mismo diputado, la mesa hizo el escrutinio definitivo de la elección de Antofagasta, con los cómputos oficiales que arrojaban las actas respectivas.
Terminado el escrutinio y una vez conocido su resultado:
Recabarren.— ¿Quién tiene la mayoría?
El secretario.— El escrutinio general arroja el siguiente resultado:
Por Recabarren ........................................... 2.882...votos
" Espejo .................................................... 2.834....."
Recabarren.— Como ha podido ver la Honorable Cámara, ha habido un error numérico en las cifras indicadas en la proposición que hizo el señor Rocuant, para aprobar presuntivamente la elección del señor Espejo.
En vista de que el escrutinio hecho por la mesa demuestra claramente y sin tacha alguna el verdadero resultado de la elección, pide al señor secretario dé lectura al artículo 108 de la ley de elecciones.
El secretario.— "Art, 108. Las reclamaciones de nulidad no impiden que los individuos electos entren desde luego en el ejercicio de sus funciones, en las cuales permanecerán hasta que la nulidad se declare por la autoridad competente".
Recabarren.— Pido, pues, se dé cumplimiento a las disposiciones de este artículo de la ley, que es bastante claro, desde que conforme al escrutinio hecho por la mesa, tengo 48 votos de mayoría sobre el señor Espejo.
Orrego (presidente).— La mesa estima que no ha llegado el caso de aplicar este artículo, en vista de que la Cámara, al calificar la elección, aprobó presuntivamente los poderes del señor Espejo.
Tiene la palabra el señor Espejo o su defensor.
Rocuant.— A nombre de su correligionario Espejo, hace la defensa de su elección, tomando como base el escrutinio que se consignó en el proyecto de acuerdo que aprobó presuntivamente los poderes de su defendido.
Sostiene que esa es la cifra que vale, y no la que se ha leído en la presente sesión.
Si el escrutinio aquel era erróneo, no importa; ya la Cámara lo aceptó y no pueden reverse las resoluciones que dicte esta corporación.
¿Sería lógico —agrega—, que una vez conocido el resultado general, se tratara de cambiar la base con que ambos candidatos fueron a las urnas?
Formula diversas observaciones, sosteniendo que se han falsificado varias actas en Tocopilla y que, además, las actas electorales en aquel departamento son enteramente nulas, por cuanto no se hizo la designación de vocales dentro de los plazos que establece el artículo 46 de la ley de elecciones.
Afirma que descontando a Recabarren los votos de las actas que acusa de falsificadas, éste pierde por más de 20 votos.
Pregunta a la Cámara, que debe fallar como jurado en este asunto: ¿Puede fallar en conciencia esta elección, estando sindicada de falsificaciones y no habiendo funcionado la mesa de Sierra Gorda y otra, en las cuales la totalidad de los electores son adeptos al señor Espejo?
Como corresponde replicar al señor Recabarren, y al que habla le sería gustoso duplicar, deja la palabra, enviando a la mesa un proyecto de acuerdo para que la Cámara, teniendo como base el escrutinio hecho por él mismo, reconozca definitivamente a Espejo como diputado por Taltal y Tocopilla.
Recabarren.— Manifesté al llegar a esta honorable Cámara que las observaciones referentes a fraudes cometidos por los demócratas en Tocopilla, carecían de verdad.
Hoy vengo nuevamente a levantar este cargo gratuito, esta ofensa que se lanza sin fundamento serio de ninguna especie.
Se ha querido traer estas acusaciones para engañar la opinión en favor de una persona que viene a ocupar en esta Cámara un asiento que la voluntad popular no le ha concedido.
Se ha dicho que siendo demócrata la municipalidad de Tocopilla, yo llevaba un elemento inmenso contra mi contendor. En todo caso, estos elementos estarían equilibrados, por cuanto el señor Espejo contaba con el apoyo decidido e incondicional de las autoridades y de dos partidos.
El señor Rocuant ha citado en su abono el artículo 46 de la ley de elecciones, que dispone la designación de las juntas receptoras con 15 días de anticipación a la elección. Pues bien, yo me permito oponerle el artículo 115 de la misma ley, que autoriza para las elecciones complementarias la forma como hizo dicha designación la municipalidad de Tocopilla.
La trascripción del acuerdo de esta Honorable Cámara se hizo con gran demora, y no era posible que la municipalidad, en este caso, procediera en conformidad al artículo 46. El municipio procedió correctamente al elegir los vocales de mesa el sábado de la semana anterior a la en que se verificó la elección.
Con esto dejo desvirtuado este cargo.
Me atrevería a calificar de infantil la pretensión del señor Rocuant, de que la Cámara sostenga como legítimo un escrutinio que su señoría hizo con notorios errores numéricos.
En conciencia, en estricta justicia, la Cámara debiera, en este caso, atenerse únicamente a los números que arrojan las actas, que son documentos oficiales, que están sobre la mesa.
No concibe que se pretenda, para calificar esta elección, partir de la base de un escrutinio que, según se acaba de comprobar fehacientemente, era erróneo.
Me iré de aquí convencido de que no se hará obra de justicia, porque tengo la convicción de que la voluntad popular no será respetada.
Para sostener inexactitudes se ha apelado al recurso de que la palabra del caballero debe prevalecer sobre la del indigente, sobre la del pobre.
Se ha dicho que la designación de vocales y otras funciones electorales se hicieron aprovechando la ausencia del señor Espejo. Eso no es verdad. El señor Espejo no fue a Tocopilla por vergüenza, por temor de que el pueblo le enrostrara su conducta y le dijera que debía volverse a su casa y abandonar su audaz pretensión.
Estas declaraciones del señor Rocuant no llevan envueltas más intensión que la de prevenir el ánimo del pueblo, y preparar la disculpa con que se tratará de justificar el hecho de arrebatar mi legítima elección.
Quiero dejar establecidos estos hechos para que queden consignados en la historia, que es más grande que los hombres.
Sin embargo, a pesar de la renuncia que hizo el señor Espejo, envió a Tocopilla a dos representantes, uno de ellos don Justino Leiva, que mandó la junta central del Partido Radical, que hicieron una hermosa campaña y cumplieron la consigna que les había confiado Espejo.
Yo no había oído decir jamás que los demócratas tuvieran poder suficiente para intervenir viciosamente en las elecciones y poder alcanzar triunfos ilegítimos. Está muy lejos el día en que ellos puedan usufructuar de los elementos de Gobierno en una elección.
Se adujeron estas consideraciones con relación a las elecciones que tuvieron lugar en Tocopilla el 4 de marzo último; sin embargo, en esa época no contábamos sino con un solo municipal en aquella comuna. Esto no obstó para que obtuviéramos en esa elección el triunfo de cinco de nuestros candidatos a municipales, lo que deja de manifiesto la superioridad de nuestra agrupación política sobre las demás.
Se habla de una falsificación; y si la ha habido ¿por qué no se ha enjuiciado a los autores de ella? La verdad es que esos presidentes de mesa, en donde se supone una falsificación, eran radicales y no demócratas, y ellos son los que han establecido esa diferencia de diez votos para dar lugar a la reclamación de nulidad.
Por eso ninguno de los representantes del Sr. Espejo ni el juez mismo de oficio han iniciado proceso en contra de esos presidentes de mesa.
Va a terminar la calificación de las elecciones de Antofagasta y va a quedar como representante de ese departamento un ciudadano que no ha obtenido el triunfo en las urnas.
Me retiraré de este recinto a donde llegué demasiado pequeño, y me retiraré grande, pues veo levantarse detrás de mí la opinión unánime del país que no acepta el veredicto de esta corporación.
Para predisponer el ánimo de los diputados se ha hecho coincidir con esta calificación de elecciones un fallo de la Corte de Tacna que me condena a prisión por un supuesto delito que se ha llamado de amenaza a la autoridad. Creo que esta circunstancia no debe influir en el ánimo de la Cámara para dictar su resolución en este negocio.
Se ha hecho alarde por la prensa de mi conducta personal, que se califica de revolucionaria, de propaganda violenta; pero tengo la satisfacción de que algunos movimientos tanto o más graves de los que yo he insinuado han sido provocados por la prensa de algunos de los partidos que se encuentran bien representados en esta Cámara.
Pero como esas palabras salían de los labios de caballeros, por eso merecieron excusas o sonrisas; las mismas palabras en la boca de los obreros merecen el anatema de todos.
Cox Méndez.— Yo rogaría al Sr. Recabarren que no trajera, por el interés de su causa, esta distinción entre caballeros y pobres, que en una República no existe.
Recabarren.— Pero la realidad de las cosas es otra, señor diputado.
No es que nosotros traigamos aquí esta división de clases para acentuarla ante la Cámara; es la Cámara la que marca esta división cuando el pobre, por el solo hecho de ser pobre, se le señala la puerta.
Puede ser que me equivoque; pero tengo el presentimiento de que no se hará justicia a mi causa. Ojala estuviera en un error, porque si la Cámara se inspirara en estricta justicia al fallar esta elección, tendería, con ese solo hecho un puente salvador entre los que nosotros llamaremos los oprimidos y los que, por diversos factores, constituyen una clase aparte y que nosotros nos atrevemos a calificar de los opresores.
Conozco un poco la historia de la Humanidad y en ella he aprendido que en más de una ocasión se han producido en los pueblos cataclismos sociales espantosos que han precipitado en un mismo abismo a ambas clases sociales.
Yo no quiero ver confundirse en un abismo de sangre a los hermanos de una misma nación; pero si ello llegara a suceder no seríamos nosotros los culpables.
Cuando la clase trabajadora lleva sus representantes a las instituciones públicas bajo el amparo de las leyes existentes, llega la mano enguantada del caballero a usurparle su legítima representación, manifestándole que no es digna su compañía.
En este caso, por ejemplo ¿por qué no se retira ese candidato radical que no tiene más apoyo que la mayoría ocasional de la Cámara, para dar paso al verdadero enviado de los pueblos del norte?
No me duele retirarme de este recinto; al fin y al cabo no soy yo el ofendido. Es el pueblo que me ha elegido el que tendrá que convencerse de que aquí pasando sobre la Constitución y las leyes se ha violado su voluntad claramente manifestada.
El Sr. Cox Méndez decía hace un momento, que es necesario abandonar esta tendencia a la división de clases.
Cox Méndez.— Indudablemente, señor, hay que abandonarla.
Recabarren.— Yo quiero ver, señor, si esta declaración de su señoría tiene de parte de sus amigos una traducción práctica en la votación sobre las elecciones de Antofagasta.
Si todos sus colegas se sienten animados de igual sentimiento que su señoría, lo natural es que la votación de este asunto simbolice el respeto al derecho de los pueblos, perfectamente probado que, en este caso, ha sido ejercitado en mi favor y no en favor del Sr. Espejo.
Ha habido un diputado radical que ha venido a sostener con un candor verdaderamente infantil, que la Cámara no puede tomar en cuenta el cómputo exacto que se ha hecho de los votos, porque hay un acuerdo de la misma que declara bueno un cómputo anterior, que es erróneo.
¿Tiene esto alguna lógica?
¿Qué dirá el pueblo que contempla estos procedimientos?
¿A qué exponerse a la ira de los pueblos, a los insultos de los ignorantes, a la expansión de los que se sienten oprimidos?
¿Por qué no salvamos en todo lugar el propósito de moralidad?
Si todos los miembros de la sociedad tienen el deber de ser morales, los que se sientan en estos bancos tienen doblemente acentuado ese deber.
Voy a terminar, dejando establecido que las bases invocadas por el Sr. Rocuant, con referencia a la nulidad de las elecciones de Tocopilla, no tienen fuerza alguna, son falsas. No se ha probado nada; ha habido simples declaraciones que no revisten valor alguno, que debió desestimar completamente el Juzgado de aquella localidad.
He dejado constancia que los vicios que se atribuyen a la elección de Tocopilla, no han sido cometidos por los demócratas.
Terminaré manifestando que llevo en mi interior la amargura que me causa contemplar que se pretende llevar al pueblo una vez más a tan triste decepción...
Barros Errázuriz.— No se anticipe al fallo de la Cámara; no tiene derecho el señor Recabarren a interpretar las intenciones de los señores diputados,
Alessandri.— Dígame el honorable señor Espejo ¿sus electores fueron todos caballeros? (risas).
Veas.— Pregunte mejor cuánta plata llevó al norte para comprar sus electores caballeros.
(Fórmase un nuevo desorden en la sala).
Recabarren.— Parece que existiera el propósito manifiesto de no oírme.
No quiero continuar en este debate, porque no se me permite mantenerlo con la calma debida.
Rocuant.— Rebate el discurso de Recabarren, defendiendo a Espejo y al Partido Radical. En el desarrollo de su discurso, el señor Rocuant, descendió atacando a Recabarren por sus ideas y por su propaganda activa en el norte. Faltó a la verdad exagerando su conducta, calificándola de violenta y subversiva, usando términos bastante hirientes, hasta que fue llamado al orden; y terminó con estas textuales palabras:
En vista de todo lo cual yo declaro que si no hubiera estricta justicia para expulsar al señor Recabarren de la Cámara, ello sería necesario hacerlo por razones de alta moralidad social, y por otras que están vinculadas a la felicidad y engrandecimiento del pueblo, pues, no es tolerable que en la Cámara vengan a representarse las ideas de disolución social que sostiene el señor Recabarren.
La votación dio por resultado la anulación definitiva de la legítima elección que me ungió como diputado por Antofagasta.
Las últimas expresiones del Sr. Rocuant revelan claramente el propósito que les guiaba: La expulsión de los obreros de ese recinto a donde la clase rica no quiere admitir censores.
Ni el Sr. Espejo ni su defensor, llevaron ninguna prueba efectiva para invalidar esa diputación de los demócratas de Antofagasta, pero la Cámara la anuló porque así convenía a sus intereses de clase privilegiada.
En la sesión del día 26 de octubre de 1906 se votó una indicación por la cual se desconocía mi elección y se aprobaba definitivamente la entrada a la Cámara del señor Daniel Espejo que no había triunfado en las urnas electorales.
Votaron aceptando la entrada incorrecta de Espejo los siguientes diputados, que habían jurado por Dios y los Santos Evangelios respetar la Constitución y las leyes:
Alemany
Alessandri
Bambach
Baquedano
Barros Errázuriz
Campillo
Corbalán
Correa Bravo
Concha, F. J.
Flores
Guerra
Gutiérrez
Huneeus, J.
Irarrázaval
Izquierdo V.
Lamas
Letelier
Lyon
Mena
Montenegro
Ovalle
Palacios
Pereira
Pleiteado
Puga Borne
Ríos
Rivas
Rivera, J. de D.
Rocuant
Sanfuentes
Subercaseaux P.
Urzúa
Zañartu, E.
Zañartu, H.
Votaron en contra:
Leiva
Veas
Se abstuvieron:
Cox Méndez
Fernández
Líbano
En esta votación aparecen violando la ley, confundidos, diputados de todos los partidos: Radicales, Conservadores, Liberales-Democráticos, Liberales, Nacionales e Independientes. Todos juntos, en la más agradable comunión, desconocían una elección legitima realizando un acto indigno e ilegal.
El Sr. Barros Errázuriz que con tanto calor defendía los fueros de la fórmula del juramento, olvidó el respeto que debía a su juramento prestado y se entregó en brazos de la pasión y del odio.
III
ALGUNAS OPINIONES PARTICULARES Y DE LA PRENSA
Los artículos que siguen, fueron publicados antes de la repetición de la elección y en consecuencia, antes de mi separación definitiva de la Cámara. Mejor dicho se publicaran a raíz del incidente del juramento.
EL DIPUTADO DE ANTOFAGASTA
(Editorial de "El Mercurio" del 23 de junio de 1906)
Las consecuencias del gravísimo precedente que ha establecido la Cámara de Diputados al excluir de su seno al diputado de Antofagasta don Luis E. Recabarren, irán apreciándose mejor a medida que la opinión pública se dé cuenta de todo lo que ese acto de ciego partidarismo político del Congreso y para el respeto de las instituciones fundamentales de la República.
Ya hemos hecho notar que, con esto, la Cámara retrocede en el camino de la reforma de los malos hábitos parlamentarios, reforma iniciada con la ley que estableció el Tribunal Revisor de Poderes con el objeto de evitar precisamente que a un hombre elegido por el pueblo le sea arrebatada su investidura parlamentaria por intereses partidaristas que logran formar una mayoría inescrupulosa.
Ese Tribunal examinó los poderes del diputado de Antofagasta, los declaró correctos, y su fallo no puede parangonarse con el que la mayoría ocasional de la Cámara ha dado sólo en virtud de odios sectarios provocados por el juramento de ese diputado y por intereses políticos de actualidad!
Pero esta cuestión tiene todavía otro aspecto que se impone a la consideración de todo hombre honrado, libre de preocupaciones sectarias o de vinculaciones de bandería.
Ese diputado por Antofagasta es uno de los pocos hombres en Chile que ha llegado hasta el Congreso exclusivamente en virtud del voto popular, por la simple, libre y espontánea voluntad del pueblo elector, sin intervención de fuerza alguna que perturbara el criterio de los que lo eligieron.
En efecto, el diputado de Antofagasta ha sido durante los últimos años el caudillo de las agitaciones populares en el norte del país y se le ha culpado de promover disturbios, de encabezar desórdenes y motines. Las autoridades obligadas a resguardar el orden y mantener la paz pública en la región salitrera, paz pública seriamente amenazada por la propaganda escrita y de hecho del señor Recabarren, lo redujeron a prisión y procuraron por todos los medios impedir que continuara su obra de perturbación social que traía gravemente comprometida la tranquilidad de la región salitrera[3].
Es, además, un hombre pobre, un obrero legítimo, no un supuesto obrero como no faltan entre nosotros.
Carece no sólo de medios de fortuna, sino que además está alejado, por la misma actitud que ha asumido en estos últimos años, de toda esperanza de que ningún hombre de fortuna lo ayude.
Y así, contra las autoridades, contra el dinero, sin gastar un centavo, sin emplear otros medios que los que le daba el ascendiente que había ido ganando sobre los electores, Recabarren ha llegado a la Cámara. Nosotros preguntamos a cualquier hombre honrado sin pasiones partidaristas:
¿Puede haber en el Congreso de Chile un diputado mas legítimamente elegido?
No discutimos sus ideas, que no son las nuestras, como no tenía la Cámara derecho de discutirlas para determinar si debía o no pertenecer a ella.
Con buenas o malas ideas, socialistas o anarquistas o lo que se quiera, ese hombre fue elegido por el pueblo, es diputado, tiene el derecho de sentarse en la Cámara, y sólo atropellando el derecho y la legalidad se le puede excluir.
Condénense en hora buena sus principios considerados como destructores del orden social, y laméntese que tales principios se hayan abierto tanto camino en el pueblo como para impulsarlo a enviar al Congreso al representante más genuino de las ideas agitadoras. Opóngase a su propaganda y la de sus amigos la propaganda de las ideas opuestas.
Pero no se cometa la injusticia de excluirlo de la Cámara, a la cual pertenece en virtud de una investidura popular libremente conferida y debidamente calificada ya por el Tribunal que la ley estableció con ese objeto.
El diputado de Antofagasta como el diputado obrero de Valparaíso, tienen además, una misión interesante que cumplir en el Congreso. Ellos representan a la clase obrera, a la cual pertenecen, han sido elegidos con absoluta libertad, sin influencias de dinero, sin presión de autoridades, y tienen la tarea de poner en su justo lugar a los que hasta ahora se han abrogado esa representación, siendo que no pertenecen a la clase trabajadora, sino que la emplean como elemento de importancia en su propia carrera política.
Una injusticia como la cometida por la Cámara de Diputados deja establecidos precedentes peligrosísimos. En adelante, cualquier hombre que manifieste ideas políticas o religiosas contrarias a una mayoría ocasional que se puede organizar en ese cuerpo, corre el peligro de ser excluido contra todo derecho, sin que haya siquiera un pretexto plausible y, simplemente, porque a esa mayoría le conviene excluirlo.
Esperamos que todavía, en el desarrollo posterior de este asunto, cuando se repita la elección en algunos puntos, se pueda enmendar este error y reparar esta injusticia.
El diputado por Antofagasta puede ser un peligro público, si le parece a sus adversarios; puede tener las ideas más absurdas y peligrosas, pero es diputado y debe asumir la investidura que le dio el pueblo por buenas o malas razones.
EL DIPUTADO POR ANTOFAGASTA
(Artículo firmado por José A. Alfonso, y aparecido en Junio de 1906).
Nunca nos imaginamos que la declaración posterior a su juramento del diputado por Antofagasta, señor Recabarren, contribuyera poderosamente a su expulsión, por lo menos transitoria, de la Cámara.
Podrá ser todo lo lamentable que se quiera que el señor Recabarren no crea en Dios; pero es su opinión honrada y hay que respetarla, dentro de los principios de la más elemental libertad de pensamiento, tanto más, cuanto que para arrostrar la opinión casi unánime de los demás y los rayos fulminantes del fanatismo, requiérese no poca entereza y energía moral.
Hay otros que aceptan un papel más cómodo, que, no creyendo en Dios, se abstiene sin embargo de manifestarlo, o por bien entendida prudencia, o por temor, o simplemente por hipocresía, según los casos.
Por lo demás, para un espíritu imparcial, libre de prejuicios y despotismo mentales —no nos dirigimos a otros— no puede ser cosa estupenda y abominable el mero hecho de no creer en Dios, ¡Todos hemos conocido personalmente o por referencias a tantos ateos, hombres, por lo demás, honrados o grandes ciudadanos!
Por otra parte, son tantas las formas que reviste Dios, desde el buen anciano de barba blanca, dulce y amable, el Dios encantador de los niños y de la gente sencilla, hasta la elevada concepción de la gente culta, vinculada a la fuerza creadora u ordenadora, a la bondad o a la virtud supremas. ¿Qué de extraño tiene entonces que en tanta variedad de conceptos respecto de algo intangible, que no está al alcance de nuestros sentidos, algunos espíritus pierdan su punto de apoyo y no tengan una concepción fija al respecto?
¿Cuántos de los que afirman que creen en Dios, puestos en la necesidad de explicar en qué consiste esta creencia, se verían en amarillos aprietos para darle forma y satisfacer cumplidamente la pregunta?
Seamos tolerantes y humanos, como lo fue Cristo.
Todo esto, y mucho más, está indicando, como desde antiguo se viene repitiendo, la conveniencia de modificar o suprimir la fórmula del juramento, que es redundante para el hombre honrado y que no se cumple por el individuo pillastre o poco escrupuloso.
Pero no era precisamente este el punto que queríamos tratar en este artículo.
Es otro, más relacionado con la política que con la teología.
La elección del diputado por Antofagasta ha sido declarada por la Cámara incompleta y va a haber necesidad de repetirla en algunas secciones de aquella provincia.
Creemos que el Partido Radical haría obra de buena política, de justicia y de conveniencia pública, sufragando por el diputado demócrata señor Recabarren.
No conocemos de una manera directa cuál de los dos contendientes, si el señor Recabarren o el señor Espejo reunió más adhesiones de la masa electoral. Por nuestras incompletas informaciones, nos inclinamos a creer que el primero.
Pero, queremos ponernos en el peor de los casos para el diputado demócrata.
Queremos suponer que sea nuestro distinguido correligionario don Daniel A. Espejo quien reúne la mayoría del voto popular.
Pues bien, aún en este caso aconsejaríamos a los radicales de Antofagasta votar por el señor Recabarren.
Se nos dirá: los partidos, instituciones orgánicas que reunidas forman el cuerpo de la República, no pueden cercenarse por generosidades que sólo se comprenden en los individuos.
Pueden y deben, según los casos, respondemos.
El interés patriótico o nacional, prima, en efecto, sobre el interés partidarista.
Y es éste uno de aquellos casos.
Se trata de una gran masa de gente obrera, consciente ya de su derecho y de sus necesidades, toda la masa obrera del Norte, de espíritu, como se sabe, inquieto, levantisco y batallador y que, en tal carácter, ha dado bastante que hacer a las autoridades y a la opinión.
Pues bien, es una porción considerable de esa masa la que manda uno de los suyos, un trabajador honrado, inteligente, animado de buenos propósitos; es esa porción la que envía uno de los suyos al Congreso de Chile, a hacer oír su voz, sus quebrantos, sus aspiraciones.
¿No vale más un diputado en esas condiciones que cinco o diez comisiones investigadoras al norte?
¿No hay notoria conveniencia pública en oírlo y recibirlo con la solícita atención con que se recibe a un hermano más débil, extendiéndole cordial y fraternalmente la mano?
¿No se sabe que el pueblo del norte sufre y que muchas de sus quejas son justas?
¿No se comprende que un representante en la Cámara, de esa porción considerable y consciente del pueblo obrero, es una verdadera válvula de seguridad para la nación?
¿No se sabe también que Recabarren viene a señalarle un rumbo más elevado a la democracia chilena, para bien de la República, para bien de todos?
Debemos confesar que nos sentimos conmovidos cuando leíamos la defensa suya que hizo Recabarren en el momento en que tanto se le fueron al cuerpo, cuando leíamos que decía: —"He venido aquí a aprender lo que no sé; si no sé más, vosotros tenéis la culpa, mi deseo es suavizar la lucha de clases; a eso he venido".
Un obrero franco, honrado, inteligente, bien inspirado tal fue la impresión que nos dejó la lectura de ese discurso.
Desearíamos para nuestro partido, que tan cerca está del pueblo, la honra de ayudar a este hijo de la democracia en su justo empeño, y la desearíamos tanto más cuanto que es abundante la vanidad que la clase pudiente esparce en las clases de abajo. Establezcamos siquiera en este caso, una a modo de compensación, dándole a la democracia los votos que tantas veces se le han quitado por medios poco lícitos.
El radicalismo puede y debe hacerlo.
Partido, no de vientre, sino esencialmente de opinión, no le importa mayormente un diputado más o un diputado menos.
Aun más, el mismo distinguido candidato contendiente se elevaría a grande altura si él también noblemente contribuyera a una obra justa, sana y provechosa para la República.
INCALIFICABLE ACTITUD DE LA CAMARA CONTRA EL SEÑOR RECABARREN
(De "El Ferrocarril" del 21 de junio de 1906)
La Cámara de Diputados aprobó ayer un proyecto de acuerdo con el objeto de anular la elección del señor Luis E. Recabarren, uno de los dos representantes de la agrupación de Antofagasta.
Desde que se produjo la escena del juramento reglamentario para incorporarse a la Cámara, en la cual el honorable señor Recabarren creyó necesario manifestar sus opiniones acerca de los términos prescritos para llenar esa fórmula, pudo notarse la hostilidad con que fue recibido por algunos de sus colegas.
El honorable diputado conservador señor Barros Errázuriz propuso que la Cámara declarara nulo el juramento prestado por el señor Recabarren, tomando como pretexto las observaciones hechas por este diputado con posterioridad al cumplimiento de ese tramite.
Aunque el buen sentido se abrió camino, y fue rechazada implícitamente la proposición inaceptable del señor Barros E., pasando la Cámara a la orden del día, continuó la prensa conservadora lazcanista atacando en forma tan ruda como inconveniente al señor Recabarren, por haber ejercitado el sagrado derecho de emitir libremente sus opiniones en el recinto legislativo.
Aunque no compartimos las ideas antirreligiosas del señor Recabarren, ni figura en nuestro bagaje doctrinario el credo filosófico de este ilustrado representante demócrata, creemos oportuno manifestar que, en nuestro concepto, ha sido vituperable la campaña difamatoria iniciada en su contra por ciertos órganos de la prensa. Habría sido preferible que los funcionarios eclesiásticos no hubieran patrocinado esa conducta, inspirada en móviles políticos, agregando, con inusitado estrépito, ciertas arcaicas ceremonias litúrgicas con el propósito de presentar, como un escándalo sacrílego, la legítima exposición de sus convicciones sobre una fórmula reglamentaria, hecha por el señor Recabarren en el seno de la honorable Cámara.
Sin lujo de pesimismo, pudo predecirse que los odios intransigentes del sectarismo religioso se confabularían con los más deleznables cálculos partidaristas, a fin de arrojar de la Cámara al joven diputado demócrata señor Recabarren, que con rara entereza, no disimuló sus ideas y propósitos al entrar a la representación nacional.
Ayer ha perpetrado la Cámara, en las más deplorables condiciones, este acto que corría misteriosamente de boca en boca, como un rumor absurdo e inverosímil, mediante el cual se arrebataría su investidura parlamentaria a un diputado cuyo mandato había sido admitido como correcto por la Comisión Calificadora de Poderes.
La mayoría ocasional de la Cámara, de índole político-religiosa, ha desconocido la investidura parlamentaria del señor Recabarren, sin oírlo, a pesar de haberse impuesto que este diputado oscilaba entre la vida y la muerte, postrado en su lecho de dolor por una gravísima enfermedad.
En una comunicación dirigida anteayer a la Cámara, el señor Recabarren manifestó:
"Creo, Excmo. señor que bastarían unas pocas palabras para explicar a la honorable Cámara los pormenores de la elección, en forma que no haya quien pretenda arrebatarme la investidura de representante del pueblo de Antofagasta.
Entre tanto, me hallo al presente impedido de acudir a la honorable Cámara y de ocuparme de labores que requieran ejercicio mental.
Acompaño a esta comunicación un certificado expedido por los doctores señores Francisco Landa y Daniel García Guerrero, por medio del cual V. E. se impondrá de que estoy sufriendo de aguda dolencia que me imposibilita para levantarme del lecho hasta dentro de algunos días más.
No obstante, no vacilo en prometer a la honorable Cámara, por conducto de V. E. que concurriré a hacer mi defensa en la sesión que se celebre el jueves 21 del presente, aunque mi salud se comprometa peligrosamente, como es de temerlo, al contravenir las prescripciones de los médicos que me asisten.
Espero de la justificación de la honorable Cámara, que suspenda hasta el día indicado la discusión y votación de las elecciones de Antofagasta, a fin de que el infrascrito pueda concurrir a la defensa de sus títulos de representante del pueblo. No sería lícito privarme del más sagrado de los derechos, como es el que me asiste al pedir que se me oiga antes de pronunciarse la honorable Cámara sobre los poderes que me acreditan en calidad de legítimo representante de la agrupación de Antofagasta.
Reitero a V. E. los sentimientos de mi respetuosa consideración.— Luis E. Recabarren S.
En vista de esta fundada presentación del señor Recabarren, la más elemental cortesía aconsejaba a la Cámara respetar la penosa enfermedad de un colega, y diferir siquiera por unos días el pronunciamiento sobre su elección.
Sin embargo, la mayoría ad-hoc preparada contra el señor Recabarren, prefirió asilarse en simples prescripciones reglamentarias, para festinar el debate sobre las elecciones de Antofagasta, aprovechando, con escasa humanidad, la circunstancia de hallarse en cama el señor Recabarren, y colocado ante la trágica perspectiva de un desenlace fatal.
No aceptamos las doctrinas religiosas sostenidas por el señor Recabarren, en el curso del debate provocado por la fórmula reglamentaria del juramento.
Pero sin entrar a opinar acerca del mérito legal de esas cuestiones, y sin admitir el credo filosófico del representante demócrata, cumplimos un deber ineludible de justicia imparcial, condenando con energía, la actitud de la mayoría ocasional de la Cámara en contra del señor Recabarren, sin oírlo, y sin guardarle ningún rasgo de cortesía.
EN LA CAMARA DE DIPUTADOS
(De "LA LEY" del 21 de junio de 1906)
La exclusión del diputado demócrata don Luis E. Recabarren S., hecha ayer por la Cámara respectiva, será sinceramente lamentada por el país.
A su ingreso a la Cámara, el diputado demócrata había dado muestra de una presencia de espíritu, de una energía de carácter y a la vez una facilidad de expresión que revelaban en él condiciones llamadas a hacerlo un miembro útil y distinguido del Congreso.
Por otra parte, iba Recabarren a representar en la Cámara las tendencias nuevas que se manifiestan en el Partido Demócrata y que prometen llevar a este joven partido por rumbos diversos de los que ha traído hasta ahora, acercándolo realmente a los intereses y aspiraciones populares.
Fuera de todo esto, era un hecho que Recabarren había obtenido su investidura popular en buena lid y que había llegado a la Cámara con poderes correctos.
No había, pues, razones que aconsejaran a la Cámara excluir de su seno a un diputado elegido en condiciones regulares y cuyo derecho era tanto más respetable cuanto que el excluido figura en las filas del partido popular.
La fracción lazcanista dio, sin embargo, batalla para expulsar al diputado demócrata prevaliéndose de la situación especial que resultaba de la circunstancia de figurar el reclamante en las filas de uno de los grupos de la Unión Liberal.
El reclamante era, en efecto, don Daniel A. Espejo, distinguido miembro del Partido Radical que no había obtenido la mayoría de los sufragios en la agrupación electoral de Antofagasta.
Pidió el Sr. Espejo que se anularan ciertas mesas y se hicieran funcionar otras que no habían funcionado en la elección.
Las pruebas rendidas no acreditaban suficientemente la justicia con que se pedía la nulidad de algunas mesas, y a lo sumo cabía mandar funcionar aquellas que no lo habían hecho en marzo.
Para los radicales era, sin duda alguna, muy doloroso no prestar amparo a un correligionario por muchos títulos acreedor a él, pero en presencia de la situación clara del diputado demócrata y de las especiales condiciones en que se hallaba colocado, no cabía vacilación.
Un diputado radical creyó, no obstante, que no podía negar su concurso y su defensa al correligionario que reclamaba, y a su lado se colocó resueltamente la fracción lazcanista de la Cámara, formando las cosas hasta llegar a producir la situación que ayer se produjo y que trajo por resultado la exclusión de Recabarren.
Lamentamos vivamente lo ocurrido, tanto más cuanto que por estar de por medio un miembro del Partido Radical pudiera creerse que tiene este partido una responsabilidad que no le afecta.
La fracción demócrata que acompaña a Recabarren sufre con la exclusión temporal de éste una seria contrariedad; pero seguramente sabrá sobrellevarla con entereza y no modificará los rumbos en que ha entrado con aplauso general.
Nota.-
Este artículo que publicó "La Ley" reflejó, más o menos, el estado de las intrigas que motivaron mi expulsión de la Cámara.
El grupo lazcanista despechado porque no pudo obtener mi cooperación a la candidatura Lazcano decidió mi expulsión, seguro de que contaban con el concurso de los diputados radicales interesados en el ingreso de Espejo.
Entre el interés sectario de aquella ocasión y el odio a los ideales de mejoramiento de los obreros, se decidió mi expulsión.
¡He ahí la clase privilegiada!
EL DESCENSO DE LA CAMARA
(De "El Imparcial" del 21 de junio de 1906)
Los sucesos de la Cámara de Diputados, así como los de la Cámara de Senadores, constituyen las más grandes vergüenzas de la situación.
No se explica uno cómo se ha corrompido en tal forma el sentido moral de muchos de los representantes del pueblo, para no sentir el menor sonrojo en arrojar de sus sillones a algunos de sus colegas legítimos y satisfactoriamente elegidos.
Actitud tan reprensible, tan fuera de los límites de la caballerosidad y la honradez, tan poco digna, y sobre todo tan artera, merecen la condenación mas violenta y unánime del país.
Y esa actitud es peor aún, es más atentatoria y de una iniquidad incalificable, al arrojar de la Cámara a don Luis E. Recabarren sin oírlo, sin respetar su dolencia de enfermo, sin consideración de ninguna especie, como se echa a la calle a cualquier traficante molesto.
Y si se toma en cuenta todavía que el señor Recabarren es un obrero, y un obrero que se ha formado solo, que ha conseguido descollar, mediante sus cualidades propias, que no ha comprado a vil precio su elección, como la generalidad de los miembros del Congreso, el atropello se hace más bárbaro, envuelve las proyecciones de un verdadero crimen político, como lo dijo el señor Veas en la misma Cámara.
[1] Massardo, Jaime. La formación del imaginario político de Luis Emilio Recabarren. LOM Ediciones, Stgo., 2008. Ver Bibliografía de la monografía de Massardo. (Nota de A.P.H.S.)
Yo he estimado, desde que tengo conciencia, que la mejor virtud que debe poseer y cultivar el ser humano, es la verdad.
La verdad debe merecer el respeto de todas las gentes que se llaman cultas.
Si yo dije en la Cámara que no creía en Dios, y al decirlo con ruda sinceridad, yo decía una verdad sentida por mi conciencia, ello era digno de todo respeto.
¿Qué culpa tengo yo de no creer en Dios? Si Dios no ha llegado hasta mi conciencia ¿por qué le he de ocultar la verdad? Hablo de Dios en el concepto vulgar de la palabra, ya que así es como se emplea siempre.
Las gentes están ya habituadas a vivir en la mentira y para la mentira y se asustan cuando ven un hombre capaz de exponer, sentir y concebir la verdad.
Yo creo que es necesario abrir el camino para que la verdad atraviese la vida, se impregne en ella, y reine en el corazón de las gentes inspirando todos sus actos.
Nada hay más bello que la verdad. Si yo digo que no creo en Dios hago bien para que lo sepan los creyentes y procuren convencerme del error en que me encuentro si acaso estiman que ese es su deber.
Si yo vivo en silencio, ocultando mis pensamientos, todos creerán que yo creo en Dios y nadie entonces se esforzará por convencerme de mis errores.
Cuando yo juré -cumpliendo la ley- supuse creer en Dios y si yo guardo silencio todos hubieran pensado que yo creía en Dios y con mi silencio los habría engañado. Fijémonos que esa ley obliga a mentir y reflexionemos sobre su valor moral.
El hombre que engaña es un traidor, es un ser indigno. Yo me hubiera sentido avergonzado si una mal entendida conveniencia me hubiera impulsado a silenciarme, porque así habría engañado a los que observaban mi conducta.
Si he hecho mal con decir la verdad, que caiga sobre mí la sanción merecida. Mientras tanto yo creo aún que obré bien. Creo que todo ser que ama la verdad debe enseñarla aunque sea con sacrificio de los egoísmos, de las vanidades y de las mal llamadas conveniencias sociales. De otro modo el hombre y el mundo retardarán su marcha hacia la perfección.
Este folleto está destinado sólo a esclarecer mi conducta respecto a mi actitud sobre el juramento y esto no me permite expresar lo que yo pienso de Dios, cosa que haré en otra oportunidad; además mis recursos económicos no me permiten hacer más extenso este librito; sin embargo diré en breves frases lo que yo pienso de Dios.
Dios, en mi concepto, es la VERDAD, la SABIDURIA y la JUSTICIA supremas. Esta Trinidad es el fruto moral de la Humanidad que a su vez está formada por los seres humanos. Teniendo este concepto de Dios, cada ser es un átomo, una célula de Dios, es decir, cada persona es una parte de Dios; cada ser es un átomo, una célula de esa Trinidad formada por la verdad, por la sabiduría, por la justicia.
En consecuencia con el átomo de verdad, sabiduría y justicia, que cada ser posea y de las accionas que ejecuta inspirado en ellas, se forma en la Humanidad la verdad, la sabiduría y la justicia suprema, trinidad de que se forma la expresión Dios.
Según el criterio de cada persona juzguen o analicen mi concepto.
Sólo así yo concibo que el hombre sea la imagen y semejanza de Dios y de que Dios está en todo lugar y de que todo le está subordinado y de que todo emana de él, así el bien como el mal.
A medida que progrese la perfección individual, progresara la perfección humana y entonces los frutos de la Perfección Humana; verdad, sabiduría y justicia serán superiores, para reglar cada vez mejor los destinos humanos.
Por esto todos debemos trabajar por el más rápido y más grande desarrollo de la educación.
[3] Durante dos años que yo estuve en Tocopilla y en el tiempo que permanecí en libertad no hubo una sola huelga u otro hecho que pudiera dar márgenes a las suposiciones que hace este artículo. La verdad es que las autoridades, para combatir nuestra acción educadora, por medio de su prensa nos presentaron con un aspecto de violentos. La persecución que se nos hizo, con el proceso contra los miembros de la Mancomunal NO TENIA BASE ALGUNA EN HECHOS RIVALIZADOS; toda la base era la opinión escrita expresada en el periódico semanario que yo redactaba. (L.E.R.S.).
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